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Oscar Tuma: “La extradición no funciona ni por titulares ni por querellas mediáticas”

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Por Ego

En medio de la polémica generada por las expresiones cruzadas entre la senadora Celeste Amarilla y el futbolista francés Kylian Mbappé, surgió la afirmación de que el jugador podría ser extraditado al Paraguay si fuera querellado por calumnia o difamación. Para analizar el alcance real de esa posibilidad, conversamos con Oscar Tuma, abogado y autor del libro La Extradición en el Paraguay.

—Doctor, se instaló la idea de que Mbappé podría ser extraditado al Paraguay si Celeste Amarilla lo querella por calumnia o difamación. ¿Eso es jurídicamente posible?

—Hay que ser muy cuidadosos con esa afirmación. Técnicamente, una persona puede ser requerida en extradición solo si se cumplen requisitos muy estrictos establecidos en la ley y en el tratado aplicable. No basta con presentar una querella. La extradición no se activa por la sola voluntad de una persona ofendida ni por una controversia pública. Requiere un proceso penal, una decisión judicial, una solicitud formal del Estado y, sobre todo, que el hecho sea extraditable conforme al tratado.

—¿Qué significa que un hecho sea extraditable?

—Significa que el hecho debe reunir ciertas condiciones mínimas. La más conocida es la doble incriminación: que la conducta sea delito tanto en el país que solicita la extradición como en el país requerido. Pero eso no es suficiente. Además, normalmente se exige una gravedad mínima de la pena. En el caso del convenio entre Paraguay y Francia, el hecho debe estar sancionado en ambos Estados con una pena privativa de libertad cuyo máximo no sea inferior a dos años.

—Entonces, ¿una calumnia o difamación cumpliría ese requisito?

—Depende de la figura concreta, en este caso imposible, porque estamos ante el mejor de los casos ante un hecho de difamación, cuya modalidad agravada, llega hasta un año o multa. Y la injuria, que es la figura más cercana cuando hablamos de expresiones ofensivas o juicios de valor, se castiga con días-multa. Por tanto, afirmar categóricamente que una expresión ofensiva habilita la extradición es, como mínimo, impreciso.

—¿Una querella privada puede dar lugar directamente a una extradición?

—No. Ese es otro punto central. La querella puede iniciar una acción penal privada, pero la extradición es una relación entre Estados. No es la víctima quien extradita ni quien pide directamente la entrega internacional de una persona. Debe existir una solicitud formal cursada por las vías correspondientes, acompañada de documentos judiciales, exposición de hechos, identificación de la persona reclamada, normas legales aplicables y una orden judicial válida.

—En este caso concreto, ¿hay otro obstáculo importante?

—Sí, y es probablemente el obstáculo principal: la nacionalidad de Mbappé. Francia, no concede la extradición de sus nacionales. Si la persona reclamada es francesa, como ocurre en este caso, la posibilidad de que sea entregada al Paraguay por extradición ordinaria es prácticamente nula.

—Entonces, ¿sería incorrecto decir que Mbappé puede ser extraditado al Paraguay?

— Una cosa es decir que alguien podría promover una querella; otra muy distinta es afirmar que esa querella puede terminar en una extradición efectiva. Entre una cosa y la otra existen numerosos filtros legales: doble incriminación, pena mínima, orden judicial, procedimiento diplomático, control judicial en el Estado requerido y, en este caso, la barrera de la nacionalidad francesa.

—¿Qué debería tenerse en cuenta antes de afirmar que una persona puede ser extraditada?

—Primero, cuál es el tratado aplicable. Segundo, si el hecho es delito en ambos países. Tercero, cuál es la pena prevista. Cuarto, si existe una orden judicial válida. Quinto, si hay causales de rechazo, como nacionalidad, delito político, prescripción, falta de garantías o persecución indebida. Sin ese análisis, cualquier afirmación sobre extradición queda incompleta.

—¿Cuál sería su conclusión jurídica sobre este caso?

—Mi conclusión es clara: hablar de una extradición efectiva de Mbappé al Paraguay resulta jurídicamente imposible.

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