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¿Quién controla a quienes controlarán a las universidades? La interna del Banco de Evaluadores del CONES

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El CONES está seleccionando profesionales para formar un Banco de Evaluadores. Es decir, personas que en el futuro van a evaluar a universidades y carreras.

El problema es que algunos de los profesionales que todavía están postulando para entrar a ese Banco participaron en la inducción de otros postulantes. Es decir, mientras ellos mismos estaban siendo evaluados para conseguir el puesto, también participaron en una actividad vinculada con la evaluación y preparación de otros candidatos.

El presidente del Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), Prof. Dr. Hermenegildo Cohene Velázquez.

Los pormenores del caso

El Consejo Nacional de Educación Superior (CONES) está conformando su nuevo Banco de Evaluadores Especializados, cuyos integrantes tendrán posteriormente la responsabilidad de evaluar proyectos e instituciones de educación superior.

Pero dentro del propio proceso se presenta una situación que pone el foco sobre las garantías con las que se selecciona a quienes después evaluarán a los demás.

Postulantes al Banco participan también como intervinientes en la inducción de otros postulantes.

No es una posibilidad ni una situación pasada. Su condición de postulantes consta en la nómina del proceso y continúan interviniendo mientras el procedimiento permanece abierto.

Directora Interina de la Dirección de Gestión de Proyectos Abog.Ines Herminia Quintana Ramos, responsable directa de la convocatoria y del proceso.

Los postulantes que también intervinieron en la inducción

Entre los profesionales identificados en la documentación como postulantes y que participaron en el desarrollo, presentación y evaluación de la inducción se encuentran:

Liz Violeta Raquel Keim Meden, Ulises Armando Villasanti Torales, José Ricardo Villasanti Torales, Magdalena Gamarra de Sánchez, Graciela María Delia Molinas de Santana, Mariza Beatriz Amaral Maciel y Julieta María Méndez Romero.

No se cuestiona aquí su trayectoria profesional. Precisamente por tratarse de profesionales que aspiran a ejercer la función de evaluadores especializados, adquiere especial relevancia que hayan asumido simultáneamente funciones dentro de una etapa del procedimiento en el que ellos mismos continúan participando.

No es una simple capacitación

La Resolución General CONES N.º 03/2026 establece una secuencia concreta: postulación, verificación documental, evaluación de idoneidad, publicación preliminar y observaciones, inducción e incorporación.

La inducción forma parte del procedimiento y debe ser aprobada por los postulantes elegibles antes de su incorporación definitiva al Banco.

Por eso la situación es especialmente sensible: quienes participan del proceso de selección intervienen, al mismo tiempo, en una etapa obligatoria de ese mismo proceso.

El propio curso enseña sobre conflicto de intereses

Hay un elemento difícil de pasar por alto.

La inducción incluye un módulo denominado “Ética y Confidencialidad”, con contenidos sobre “Lineamientos éticos del evaluador” y “Conflicto de intereses”.

Mientras esos principios son enseñados a quienes pretenden convertirse en evaluadores, postulantes al mismo Banco intervienen en el desarrollo y evaluación de la inducción.

La normativa, además, establece que el mecanismo de selección debe asegurar transparencia y trazabilidad administrativa.

La cuestión ya no pasa por determinar si existió una superposición de roles.

Existió y continúa mientras el procedimiento sigue abierto.

Una responsabilidad institucional y también profesional

El CONES debe responder por las condiciones bajo las cuales organizó y permitió esta superposición de funciones.

Pero la dimensión institucional no elimina la responsabilidad profesional.

Quien aspira a convertirse en evaluador especializado conoce su propia condición de postulante. Y cuando acepta simultáneamente intervenir en una etapa del procedimiento que involucra a otros aspirantes, resulta legítimo exigir que pueda acreditarse cómo fue declarada y gestionada esa doble condición.

Una explicación posterior podrá señalar quién autorizó la intervención, bajo qué disposición y qué mecanismos fueron aplicados.

Pero no puede modificar lo ocurrido: una etapa obligatoria del procedimiento se desarrolló con postulantes interviniendo en la inducción de otros postulantes mientras ellos mismos seguían aspirando a integrar el Banco.

A las universidades que estos profesionales eventualmente evaluarán se les exigirá cumplimiento normativo, documentación, coherencia, transparencia y evidencias.

El mismo estándar debe comenzar por quienes pretenden evaluarlas y por la institución pública responsable de seleccionarlos.

Porque la legitimidad de un evaluador no comienza con su primera evaluación.

Comienza con la forma en que llegó a convertirse en evaluador.

Si ellos van a evaluar a las universidades, ¿quién está evaluando cómo fueron seleccionados ellos?

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